lunes, agosto 18, 2008

VIRGEN DE GRACIA DE TALAVERA LA REAL

ORIGEN DEL TÉRMINO "GRACIA"
El nombre de Gracia, para denominar a la Virgen María, tiene su origen en el pasaje del nuevo Testamento en el que el Arcángel San Gabriel anunció a María la buena noticia: "No temas, María, porque has hallado gracia delante de Dios, vas a concebir en el seno y vas a dar a luz a un hijo, a quien pondrás por nombre Jesús. (...) Dijo María: he aquí la esclava del Señor; hágase en mi según tu palabra". Lc.1.26-38.
María fue la elegida por excelencia, la "llena de gracia" (en griego, kekaritoméne) que viene a significar lo que es propio de ella y la distingue de todas las demás. Para todos los cristianos esta advocación mariana no hace más que destacar la cualidad divina que Dios puso en la Virgen.
Cuando en el siglo XVI se diseñó el retablo mayor de la iglesia, dado que nuestro templo estaba dedicado a la Virgen, se colocó la imagen en la calle central y en las laterales se pintaron escenas de la vida de la Virgen. En una de ellas se plasma el episodio de la Anunciación del ángel a María. Los cuadros del citado retablo fueron contratados en 1.588 a los pintores Alonso González y a Marcos de Trejo.

COMO CUENTA LA TRADICIÓN ORAL
LA LLEGADA DE LA VIRGEN A TALAVERA

Según hemos podido averiguar existen dos versiones sobre el hecho de tener entre los talaveranos a la Virgen de Gracia. Las dos interpretaciones coinciden en que la imagen de la Virgen iba en un carro de mulas con destino a Badajoz.
Unos relatan que cuando la hermosa talla pasó por Talavera , y al ser de noche, decidieron guardar la escultura en nuestro templo para reanudar el viaje al día siguiente por la mañana, pero cuando llegó el nuevo día y pretendían llevarla a Badajoz las mulas se negaban a andar. Sólo a base de golpes conseguían que los animales avanzaran un poco, pero cuando dejaban de asestarle golpes las mulas emprendían el camino de regreso al pueblo.
En el segundo de los casos, nos cuentan que al pasar la Virgen por el pueblo se rompieron las ruedas del carro y guardaron la imagen en el templo. Cuando repararon las ruedas y las volvieron a colocar se destrozaban nuevamente. Al final, algunos añaden que hasta las mulas se murieron.
Sea como fuere, nuestros paisanos interpretaron los hechos como que la Virgen se quería quedar entre nosotros y así lo entendieron, y desde entonces es nuestra patrona.
Es cierto, por otro lado, la antigua veneración a la Virgen de Gracia en otras poblaciones de la provincia como en Santa Marta, Oliva de la Frontera y en la misma capital. Por entonces existía un primitivo convento de frailes agustinos descalzos a las afueras de Badajoz, el convento de Santa Engracia, fundado a finales del siglo XIII y principios del XIV. Posteriormente los frailes se trasladaron al interior de la ciudad en lo que hoy conocemos como parroquia de San Agustín y alrededores. Hasta allí llevaron sus pertenencias y entre ellas su Virgen de Gracia. Isabel Ardila Guerrero, nuestra paisana "virreina en Manila", donó en su testamento a esta imagen una corona de plata.

NOVENARIO Y OTROS ACTOS RELIGIOSOS
PARA ÉPOCA DE CALAMIDADES

A continuación relatamos algunas fechas en las que acontecieron periodos de sequía y otras calamidades. Se celebraron actos religiosos y procesiones con los que se recurrió esperando el socorro de la Virgen de Gracia.
En 1664 se celebró novenario por la necesidad de agua.
En 1671 otro novenario por los buenos temporales.
En 1683 se bajó a Ntra. Sra. de su trono por la necesidad de agua y los vecinos dieron limosnas.
Existe en la capilla de la Inmaculada un cuadro pintado con la Virgen de Gracia en procesión, un exvoto por la sequía ocurrida entre los años 1.736 y 1.738, testimonio del milagro que realizó por esas fechas y con un texto en la parte inferior de la pintura, que dice lo siguiente:
"24 Febrero 1.738 as., por la grande falta de lluvia, estándose asiendo un nobenario por la justizia y Rexito, de esta Villa a Nª Sra de Gracia, en dicho día sacaron emprocesion Gral a dicha Imagen acaecio que inmedatan to, que se a cabo la platica que yzo un relixioso franciscano á el auditorio, llobio tan copiosamente que estando detenida la prozesion tiempo a media ora y habiendo resuelto el salir dcha prozesion. Volvieron a proseguir las aguas con tal abundanzia que fue preciso detener la porzesion cosa de una ora, entrando dcha Imagen en casa particulares y adista de conocer que no zesaran las aguas se prosiguio con dcha prozesion y al tiempo de entrar en la Igla paro, que fueron tan abundante y caieron con tanta fuerza las aguas que fue preciso acelerar el paso con demasiada aselerazion asta entrar en dcha Iglesia y sin emvargose descompusieron las baras del palio, y quedo la Imagen toda llena de agua, y a este tiempo prosiguio, contanta fuerza el agua que en poco rato se vieron las calles y campos hechos un mar.
Y ESTE MILAGRO SE MANDO PINTAR POR LOS SEÑORES ALCALDES Dn PEDRO DE THOVAR Y ZABALL0 Y JUAN ESTEBAN CANSADO DEMAS COMUN Q CONCURYERON CON SUS LYMOSNAS"
En 1.758 don Francisco Doblado y Atienza, hijo de Talavera y Racionero de la Catedral de Badajoz, devoto de la Virgen, vino a tomar parte de los cultos de acción de gracias por haber librado milagrosamente de la peste al pueblo. Pronunció un sermón emocionante.
En 1.882 el párroco de entonces, don Manuel Almeida y Hernández, sacó con sus fieles a Ntra. Sra. en procesión, rompiendo la lluvia sobre los campos secos. Los hijos de Talavera agradecieron e inmortalizaron el acontecimiento regalándole a la Virgen una rica corona de plata sobredorada.
Entre los años 1.944 y 1.955 eran tan necesitada el agua que los campesinos y demás vecinos del pueblo hicieron varios actos religiosos: como penitencia, rezo del Rosario de la Aurora por las calles del pueblo. Por la tarde salía una procesión llamada de "rogativa" en la que se sacaban a los "patronos", se hacían penitencias, hombres y mujeres cargaban con cruces de madera y llevaban colgando cadenas. Estas procesiones también salían al campo. Las rogativas duraron cinco o seis días, el último de los cuales llovió en el momento en que la Virgen de Gracia atravesaba en procesión por la Plaza de España.
Por el mes de marzo de 1.949 se hicieron tres días de rogativas, la virgen de Gracia oyendo las oraciones de los fieles les regaló una cosecha que nunca se esperaban. Para siempre quedó grabada en su peana: "en una gran sequía del año 1.949 acudió todo el pueblo en rogativas a esta imagen y llovió tanto en....que los labradores dieron una limosna con la que fue restaurada".
Sin embargo en el archivo parroquial hemos confirmado que antiguamente existía más devoción por Ntra. Sra. de la Rivera, a la que se hacían novenarios casi todos los años y era traída en procesión hasta el pueblo. Entonces nos preguntamos ¿es que se recurría a la Virgen de Gracia cuando la situación estaba al límite?.

ORACIONES A NUESTRA SEÑORA DE GRACIA
Hemos recogido parte de las oraciones que se cantaban en estos actos. Algunas de estas oraciones también se manifiestan en las rogativas a otros santos como a San José, la Virgen del Carmen,...
Venid labradores,
venid con fervor,
a pedir el agua
a Nuestro Señor.
Porque tu Hijo
todo lo puede,
mándanos el agua
que nos remedie.
Venid labradores,
dejad el arado,
a pedir el agua
para los sembrados.
ESTRIBILLO
Los trigos se secan,
las plantas no nacen,
mándanos el agua
que falta nos hace.
ESTRIBILLO
La Virgen de Gracia
como es tan bonita,
parece su cara
una palomita.
ESTRIBILLO
La Virgen de Gracia
salió de su templo
a regar los campos
que están todos secos.
ESTRIBILLO
Venid labradores
venid a la iglesia
delante de Cristo
haced penitencia.
ESTRIBILLO
Somos labradores
y pedimos con fervor,
agua de misericordia
con abundancia Señor.
ESTRIBILLO
Si por nuestras culpas
no nos ha llovido,
aquí estamos todos
muy arrepentidos.
ESTRIBILLO
Las fuentes se secan
las plantas no nacen
mándanos el agua
que falta nos hace.
ESTRIBILLO
Agua, Virgen pura,
Agua, Virgen santa.
Mándanos el agua
que nos hace falta.
ESTRIBILLO

HIMNO A NUESTRA SEÑORA DE GRACIA
Este himno fue dictado por Teresa Gómez Corzo, se canta en Santa Marta de los Barros a la Virgen de Gracia, ella lo aprendió allí. En esta población hay una ermita preciosa, recientemente restaurada, dedicada a Nuestra Señora de Gracia, a la que se le tiene mucha devoción.
Bendita es mi Madre,
la Virgen de Gracia,
que a todos sus hijos
de gracia llenó.
Bendita entre todos
el Ángel le llama
Madre de los hombres
y Madre de Dios.
Dios te salve
Reina y Madre
Flor fragante
cual la rosa,
desde el cielo amorosa,
mándanos tu bendición.
Causa de nuestra alegría,
Vida y Esperanza nuestra
a estos tus devotos muestra
que hijos tuyos
siempre son.
Nuestra gratitud al párroco de esta localidad, don Salvador Travado, que nos ha confirmado la procedencia y la letra del himno.

LOAS A LA VIRGEN EN ANTIGUOS PREGONES DE FERIA
En los antiguos pregones de la Ferias y Fiestas de los años 1.960 a 1.971, don Santiago Polo redacta una serie de alabanzas dedicadas a la Virgen de Gracia, hemos escogido algunos que transcribimos:
"Tu, que tantas veces escuchaste sus súplicas, óyenos hoy, benignísima Señora y Madre nuestra, danos un gran espíritu de fe, un gran fervor de caridad y un profundo celo por la salvación de las almas. Da paz en la tierra y alegría perpetua en el cielo a todos los que en Talavera sientan el peso de la responsabilidad. Amén. Stilus". 1.962.
"Haz tu, Virgen nuestra, queridísima de Gracia, que por la imitación de tus virtudes, sepan los hombres cumplir la virtud de la Justicia y respetar los derechos de sus hermanos en abundancia de Paz Social. Amén. Parrocus". 1.967.
"Y a nosotros, los que aún vivimos en esta vida en tu regazo de Madre, míranos con especial providencia, tu que eres mediadora ante el Padre y el Hijo. Amén. S.P." 1.968.
"Señora, líbranos de la guerra y mantennos siempre en paz. Haced, purísima Madre nuestra, que por la imitación de tus virtudes y la práctica de la religión sepan los que gobiernan dar cumplimiento a la virtud de la Justicia en abundancia de Paz Social. Amén". 1.969.

COLOFÓN DEL ARTÍCULO
Este artículo es el primero de una serie en los que vamos a tratar la figura de la virgen de Gracia y lo que representa. En los mismos queremos resaltar la escas devoción que se le profesa, reivindicar la fecha del 8 de septiembre para la Ferias y Fiestas en honor a nuestra Patrona, concienciar del valor de nuestro patrimonio religioso, de la restauración urgente que precisa la talla de la Virgen y el retablo mayor.

Grupo de Coros y Danzas "Luis Chamizo"
Sección de Investigación de la Historia y Folklore
Cristóbal Cansado y Antonio Gómez.

Estudio publicado en la Revista de Semana Santa de 2008.

sábado, mayo 31, 2008

Un DÍA DE LAS JUNCIAS pasado por agua

El pasado 25 de mayo fue el día del Corpus. Y como siempre, las familias talaveranas adornaron sus calles y puertas, hasta formar un todo continuo, para celebrar el Día del Señor.
Es el día de las JUNCIAS. Ese día tan importante para tantos niños y niñas que hacen su Primera Comunión y pasean su recién adquirida mayoría de edad religiosa ante sus paisanos.
Pero este año la lluvia había advertido de su visita. Todos lo sabían. Y a las aguas de mayo no se les pone mala cara. Pero tampoco se requiere su presencia en día tan señalado.
De esta manera, las mujeres talaveranas, porque son casi siempre ellas las que se encargan, sacaron sus macetas una vez que el Ayuntamiento había esparcido las juncias por la calzada de las calles por donde pasaría la procesión.
Y la lluvia llegó. Y la procesión no se celebró.
Sin embargo, Antonio, cámara en ristre, paseó por algunas de las calles del pueblo, justo ante de la llegada del agua, y nos dejó estas magníficas fotografías.

Charla sobre LOS SERVICIOS SOCIALES

El próximo viernes, 6 de junio de 2008, a las nueve y media de la noche (21,30), en el Salón de Actos del Centro Parroquial, tendrá lugar la charla, impartida por la asistenta social, Doña María José Tomillo, acerca de los SERVICIOS SOCIALES.
ESPERAMOS VUESTRA ASISTENCIA para conocer un poco mejor este cada vez más cotidiano mundo de los servicios sociales que prestan los ayuntamientos y demás organismos públicos.

sábado, mayo 03, 2008

La Guerra de la Independencia en Extremadura

Acompañado por esta presentación, impartí una charla el pasado día 2 de mayo de 2008 en el Salón de Actos del Centro Parroquial.
Para los que no asistieron aquí os dejo lo esencial de los contenidos tratados.

viernes, abril 25, 2008

Los Alumbrados de Talaveruela (Talavera la Real).

LOS “ALUMBRADOS “ DE TALAVERUELA (TALAVERA DE BADAJOZ)

“En este tiempo mi prelado me envió a predicar a Talaveruela, que está a tres leguas de Badajoz, en donde hallé una manada de “alumbradas” y un grande “alumbrado” que se llama Alonso Tojal...” Fray Alonso de la Fuente.

ALUMBRADOS ¿QUIÉNES ERAN?
El siglo VXI con una iglesia corrupta y entregada a ostentosos rituales, se convierte en hervidero de movimientos espirituales, cuyo último fin es el cambio de una religiosidad externa y jerarquizada a un cristianismo interior (alumbradismo).
El término alumbrado, aparece para denominar a la persona piadosa y amante de una espiritualidad intimista, un cristianismo interior. De esta primera fase, pasa luego a tener un sentido de desprecio, después de herejía y finalmente lujurioso.
Místicos y herejes se hallan envueltos en la misma dinámica. Al decir de Alvaro Huerga (Historia de los alumbrados de Extremadura): “Hay un alumbradismo de buena ley, emprendedor, purificador, que no se salió de los moldes de la ortodoxia, aunque se sospechó y fue necesario que los jueces lo absolviesen de la instancia: Ignacio de Loyola, Juan de Ávila, Teresa de Jesús. Hay otro alumbradismo que rompe los moldes y da de bruces en la heterodoxia, pero aún así es el típico exponente del alma hispana, alma mística, alma abierta al paisaje límite de sí misma, alma que se alimenta de hambre y sed de Dios; son los alumbrados puros. Hay, por fin, un tercer tipo, el degenerado, el que va a hacer famoso ese nombre en todos los libros de espiritualidad”
El 25 de septiembre de 1.525 la Inquisición toledana promulgaba un edicto de fe y gracia contra los alumbrados o dexados –“personas se decían, conferían y publicaban algunas palabras que parecían desviarse de nuestra fe católica y de la común observancia de los fieles cristianos y de Nuestra Santa Madre Iglesia”- de dicho reino.(Edicto contra los alumbrados, dexados y perfectos del Reino de Toledo).
Es a partir de este documento, donde por primera vez aparece jurídicamente el sustantivo alumbrado, como designador de herejía. El nombre movía a confusión en aquella época, tanto que ni los propios reos se reconocían bajo tal denominación. A las preguntas de los inquisidores, confiesan aturdidos que no saben lo que significa; ellos se designan así mismo como dexados (dejados) a Dios, no como alumbrados. José Mª García Gutiérrez (La herejía de los alumbrados. Historia y filosofía: de Castilla a Extremadura).
Denigrado sistemáticamente hasta la extenuación por teólogos, cronistas y beatos católicos, y además, materia de escarnio y burla para el pueblo, el alumbradismo se erradica de forma inminente -en los primeros comienzos- mediante la cárcel, la reclusión conventual o el azote público. Francisco Javier Sedeño (Fray Fco. Ortiz: un ejemplo de epistolario “alumbrado”.

LOS ALUMBRADOS EXTREMEÑOS.
Escarmentados los principales dogmatizadores de la primera fase del movimiento, la doctrina iluminista continúa con matices en otros periodos y lugares. Rebrota con fuerza en Extremadura en 1.570 y germina en la alta Andalucía sobre 1.575. A partir de esta segunda manifestación de los dexados de Llerena ya no se perpetúa el misticismo quietista de los primeros castellanos.
Probablemente el iluminismo de Extremadura se debe al paso por el Obispado de Badajoz de los celosos y santos varones Juan de Ávila y fray Luis de Granada, que despertó un inmenso florecimiento en la vida cristiana, favorecido luego por los obispos don Cristóbal de Rojas y el beato Juan de Ribera, y que por falta de riguroso control degeneró en un caso más de iluminismo.
A. Huerga incorpora además la acción pastoral de los teatinos jesuítas, quienes adiestraron a los párrocos de la zona en las técnicas de los ejercicios espirituales. Según él, esta práctica mal dirigida o mal digerida, provocó graves revulsiones seudomísticas.
Cuando en 1.570 asomen los nuevos alumbrados en las dehesas extremeñas, caerán fácilmente en las redes de una Inquisición omnipresente en la vida española, mucho más poderosa que la que tuvo que enfrentarse a los alumbrados castellanos.
En los sucesos de Llerena aparecen ya casos de tocamientos y rijosidad, clérigos y beatas se lanzarán al desenfreno carnal y al libertinaje, aunque también deben ser matizados a la luz de ciertas inclinaciones místicas.
Durante mucho tiempo los historiadores de la Iglesia juzgaron inflexiblemente el alumbradismo por los sucesos de Llerena, sin distinguir las profundas diferencias entre el foco castellano y sus seguidores extremeños. Todos los núcleos históricos de alumbrados quedarán marcados por esta segunda fase del movimiento.

ALONSO DE LA FUENTE, PERSEGUIDOR DE ALUMBRADOS.
El gran perseguidor de los alumbrados fue el padre Alonso de la Fuente, dominico, natural de la Fuente del Maestre, nacido el 15 de agosto de 1.533. Su padre fue, Alonso de la Fuente, caballero de la Orden de Santiago y su madre, Dña. María López de Chaves, apellidos y títulos de padres y abuelos, timbre de honra sanguínea que le obliga a hazañas de “cristiano viejo”.
Los primeros años los pasó en Extremadura. Después sus padres lo enviaron a estudiar al colegio de Santo Tomás de Aquino de Sevilla. En esta ciudad se forjó su vocación espiritual por el sacerdocio. Entabla amistad con un dominico amigo de su pariente de Sevilla, tomando los hábitos de color negro y blanco que el tanto admiraba.
Doctorado en Teología dejó el colegio. El 9 de noviembre de 1.568 pasó a su convento a leer teología, despertándose en él sus dotes de buen predicador.
En 1.570 fue designado predicador del convento de Badajoz. En esta provincia se topará de lleno con el fenómeno alumbradista. El fontanés los descubrió en su pueblo natal, más tarde en otras poblaciones como Zafra, Llerena, Barcarrota, Talavera,...
Fray Alonso es hijo de la época, convencido de que la causa frontal del alumbradismo no era divina, sino diabólica, comete un craso error al meter a todos en el mismo saco. Arremete contra los obispos Cristóbal de Rojas y Juan de Ribera, con la siembra oral de Juan de Avila, con los libros de Fray Luis de Granada y Teresa de Ávila y con enconado furor contra los nuevos ejercicios espirituales de los jesuitas, a los que denomina “teatinos”, llevándolos mediante sus Memoriales ante el Tribunal de la Inquisición.
Ni Vicente Barrantes (Aparato Bibliográfico para la Historia de Extremadura), ni Menéndez y Pelayo (Historia de los Heterodoxos Españoles) tratan bien la figura de fray Alonso. La descripción que hace de este fraile Menéndez y Pelayo, es la que sigue: Fray Alonso de la Fuente era un fraile vulgar, lleno de preocupaciones de convento y de universidad, corto de entendimiento, arrebatado y extremoso, y, sobre todo, enemigo mortal de los Jesuitas, que él llamaba Teatinos. Fray Alonso era un hombre de probada valía, pues llegó a ser prior en los conventos de Palma del Río, Úbeda y Llerena; maestro en Sagrada Telogía y calificador del Santo Oficio de la Inquisición.
Veintidós años estuvo Alonso de la Fuente en batallas contra los alumbrados, alcanzando victorias y derrotas, lo que le hacen ocupar un puesto en la historia de la España mística.
Muere en Llerena sin fecha constatada, A. Huerga la sitúa en el año 1.592 y se atreve a dar la fecha del 29 de octubre del año citado.

EL TRIBUNAL DE LA INQUISICIÓN DE LLERENA
El Tribunal de la Inquisición de Llerena, se asienta en esta localidad en al año 1.485 en torno a la cual tenía su distrito, dependía del máximo órgano de gobierno: el Consejo de la Suprema y General Inquisición. Constaba como todos los tribunales de tres inquisidores, tres secretarios, un alguacil mayor, más los calificadores y receptores. La amplitud de los distritos y la escasez de dotación (diez personas por tribunal) obligaron al santo oficio a buscar apoyos externos, surgiendo las figuras de los familiares y los comisarios.
El principal problema de la Inquisición era que su financiación, pues dependía de sus actividades y no de aportaciones de la Corona, por eso mismo se obligaba a buscar nuevas víctimas: alumbrados, moriscos, judaizantes. Como escribía a la Suprema un inquisidor del Tribunal de Llerena en 1.572, “no faltarán negocios de que Dios Nuestro Señor sea servido y el dicho Oficio se podrá sustentar”. Alberto Montaner Frutos (Los orígenes de la Inquisición).
Entre 1.563 y 1.620 hubo 18 autos de fe, siendo el de 1.579 en el que fueron castigados los principales alumbrados de Extremadura, los llamados “maestros” Hernando Alvárez y Cristóbal Chamizo.
Los documentos de la Inquisición se guardan en el Archivo Histórico Nacional, relativos al Tribunal de Distrito de la Inquisición de Llerena existen 4 legajos y 2 libros comprendidos entre los años 1.589 a 1.834.
En 1.579 salió a visitar el distrito el inquisidor Tomas Leciñana. La primera Relación de la visita se consideró insuficiente, tuvo que rehacerla y enviar una segunda más detallada. El 23 de enero de 1.580 la expide a Madrid. Durante la visita a Badajoz y lugares comarcanos recibió algunas testificaciones que demuestran que aún quedaban huellas de alumbrados. Las de mayor interés para nosotros son los que llevan los números:
“25. TALAVERA. Alonso Tojal, clérigo, vecino de Talavera, fue testificado por 55 testigos de la doctrina de los alumbrados y de mucho y diversos errores en ella e haber solicitado sus hijas de confesión, e dícholes palabras deshonestas estándolas confesando; hase sacado la testificación a su proceso.”
“29. NOGALES. Elvira González, mujer de Francisco Pérez, trabajador, natural de Talavera, vecina de Nogales junto al Almendral, fue testificada por 31 testigos de la doctrina de los alumbrados y de haber enseñado muchos errores della.
Confesó algunas cosas de su voluntad, aunque diferentemente de cómo está testificada.”
“30. María de San Francisco, beata, -que es hermana de Elvira González- está testificada por algunos testigos de la mesma doctrina.”
“31. Isabel Pérez de los Santos, -también hermana de Elvira González- acusada de la mesma doctrina.”
En la Relación de las causas despachadas desde el 29 de mayo de 1.580 hasta el 24 de mayo de 1.581, enviadas por el tribunal de Llerena a Madrid, aparece como una de las de mayor entidad la “herejía” de Juan de Zafra.
“19. Talavera de Badajoz. Joan de Zafra, beneficiado del lugar de Talavera de Badajoz, de edad de 49 años, cristiano viejo, fue denunciado ante el Provisor del mismo obispado y testificado con 10 testigos –nueve clérigos y un lego- sobre el asunto de un sermón pronunciado en el que se observa cierta punta de judaísmo.

EL AUTO PÚBLICO DE FE DE 1.582. LAS SENTENCIAS A LOS ALUMBRADOS DE TALAVERA.
Este nuevo auto de fe de Llerena, se celebró el 1 de julio de 1.582. Fueron juzgados de Talavera la Real el sacerdote Alonso Tojal y Elvira González, y de Campanario un santero llamado Diego Jiménez.
El “gran alumbrado” Alonso Tojal.
Alonso de la Fuente recibe el mandato de ir a predicar a Talaveruela, donde topará de bruces con uno de los más conspicuos alumbrados: Alonso Tojal, quien aglutinaba en su entorno a un grupo de mujeres inflamadas en amor divino. Este episodio es capital en la historia del alumbradismo extremeño porque en él vemos por primera vez un atisbo de lujuria asociado a prácticas contemplativas. El relato de fray Alonso es el que sigue:
“Deseando informarme de las cosas de aquel pueblo, supe algunas maldades y obras deshonestas, y que una alumbrada de la dicha secta (estaba) recién parida y, según la voz del pueblo, de aquel grande alumbrado, aunque el se purgaba de aquel delito y decía que era falso aquel testimonio que le levantaban...”
Estaba “privado por entonces de confesar, porque el Provisor Picado, que hoy gobierno en Badajoz, había hecho informaciones contra muchos alumbrados que heran hechura de Don Juan de Rivera, Patriarca de Valencia, y los había castigado. Y así andaban de capa caída y castigados del Provisor...”
La suerte le favoreció en los primeros golpes inquisitoriales contra la secta, a pesar de que Alonso de la Fuente le apuntó con el dedo. A pesar de que el Provisor Picado lo suspendió de sus funciones de sacerdote, y a pesar de que en su aldea de Talavera la gente murmuraba de él atribuyéndole dudosas paternidades, la suerte le acompañó, pues cuando el Santo Oficio prendió a Elvira González: la peste y los años le libraron de acompañarla a la cárcel, que la tenía merecida tanto o más que ella. El proceso se agravó y el Consejo de Madrid lo remite al Tribunal de Llerena con la apostilla de que se pase a “hacer justicia”
He aquí como el relator oficial del auto de fe “sustancia” su causa y su “penitencia”:
“Alonso Tojal, clérigo, presbítero vecino de Talavera de Badajoz, de edad de cerca de 80 años, fue testificado por 42 testigos.
La sentencia unánime de los inquisidores bastante benigna, le condenó a no administrar los sacramentos in perpetuum y lo suspendió de decir misa por seis meses: no se le impusieron mayores penas atenta su edad y enfermedad, la “abjuración de Levi”. Era el menor de los castigos para un penitenciado, al que se le obligaba a abjurar, es decir, a retractarse de sus acciones u opiniones contrarias a la ortodoxia, jurando evitar su pecado en el futuro. Cuando los delitos eran graves el castigo era “abjuración de vehementi”.
La alumbrada Elvira González
Elvira González, mujer de Francisco Pérez, labrador, natural de Talavera junto a Badajoz, vecina de Nogales, de edad de 44 años. Fue testificada con 29 testigos que era una de las principales alumbradas, decía que Dios la llevaba por el camino de enseñar a otras beatas, que tenía visiones.
El Consejo dicta orden de captura. Fue pues apresada, dando con sus huesos en las cárceles secretas del Santo Oficio, sitas al lado de la sede del tribunal de Llerena.
La sentencia, según lo resume lacónicamente la Relación fue: “Que salga el auto, abjure de Levi”

REFLEXIONES FINALES
-El protagonismo femenino en los movimientos alumbrados: las beatas.
Al Siglo de Oro se le suele recordar como el periodo de los “claustros abiertos”, el siglo de las beatas, mujeres que sin estar en una convento viven su religiosidad en comunidad y bajo unas reglas, en los espacios cerrados de una casa llamado betario. Al respecto, cabe añadir que el nacimiento de nuevas formas de espiritualidad –como el dexaimiento o la difusión de la Devotio moderna- también favoreció la afirmación de una propuesta de vida cristiana que no se cumplía sólo dentro de los lugares religiosos o sagrados, sino que era “democratizada”-. Mª Luisa Giordano (Proyecto político y aspiraciones reformadoras de una beata del siglo XVI en España).
Estas beatas en la Extremadura despoblada son presas fáciles del alumbradismo, enloquecieron con las predicaciones de clérigos desaprensivos, lógico en una sociedad de mujeres insatisfechas y abandonadas por sus maridos en las conquistas americanas y en los frentes europeos.
-El alumbradismo herejía autóctona
El alumbradismo es la única herejía auténticamente española. Mientras otras herejías (luteranismo, calvinismo,...) fueron importadas, está brotó de forma singular y autóctona; esencialmente fue una herejía nativa. Miguel Mir (Historia interna y documentada de la Compañía de Jesús).


Grupo de Coros y Danzas Luis Chamizo
Sección de Investigación de la Historia y Folklore.
Autores: Cristóbal Cansado y Antonio Gómez

martes, abril 22, 2008

Charla LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA EN EXTREMADURA


El próximo viernes, día 2 de mayo, a las 9 de la tarde/noche, tendrá lugar en el salón de actos del Centro Parroquial de Talavera la Real la charla "La Guerra de la Independencia en Extremadura" por parte del profesor de Historia Daniel Gómez Valle.

Para ir entrando en el tema aquí os dejo una serie de enlaces en los que podéis recabar información sobre este conflicto bélico:

viernes, marzo 07, 2008

Fotos antiguas de Antonio Recio Reyes

Una mirada a Talavera, por Antonio Recio Reyes

Un paseo por Extremadura, por Antonio Recio Reyes

Antonio Recio Reyes, gracias

Hace unos días recibí una carta de ANTONIO RECIO REYES, de Elda (Alicante).
Os explico.
Antonio nació en Olivenza y se trasladó a Talavera con 9 años (su padre era Guardia Civil). En nuestro pueblo vivió durante 10 años, hasta que por la jubilación de su padre volvió a Olivenza. Desde allí marchó a Elda, donde formó su familia y trabajó hasta jubilarse hace poco más de un mes.
Todos estos años en que ha residido en tierras levantinas ha seguido regresando a su tierra (terreta la llama él, ¡qué palabra tan hermosa!), visitando sobre todo Olivenza y Talavera. Menciona en su carta a sus amigos talaveranos (no lo haré yo por respetar la confidencialidad de la carta).
Un día, navegando por internet, conoció nuestro blog y la petición que hacíamos de fotos para la exposición del año proximo, que queremos que sea referida a la escuela. Y nos ha mandado, porque aunque me remite la carta a mí, he supuesto que es un regalo para los talaveranos, un video-montaje con estas fotos.
Como moembro del equipo redactor de este blog y como talaverano, MUCHAS GRACIAS, Antonio Recio Reyes.

miércoles, febrero 27, 2008

Nuestra iglesia en el mapa


jueves, febrero 21, 2008

Respuestas Generales de Talavera la Real al Interrogatorio (y III)

  • A la trigessima primera digeron que no ai en este Pueblo tratantes, ni comerciantes que beneficien su caudal por si, ni otra alguna persona.
  • A la Trigessima segunda digeron que en este Pueblo ai quatro tenderos de Bujoneria, el uno Antonio Bueno, que segun su Caudal, trato y comercio,tendra de utilidad al año dos mil Reales; Otro, Francisco Antonio Movilla, que le producira su trato, mil y quinientos; Otro Juan Doblado cacho, que le produze quinientos reales; Y el otro Juan Antonio del Aguila, que le producira su trato quinientos. Un escribano que lo es Joseph Sanchez Doblado, quien sirve una de las escrivanias del numero, y otra de Ayuntamiento, y esta le producira incluso el salario que le da la Villa Ciento y veinte Ducados al año, y la del numero Cinquenta; Don Salvador Diaz, Medico, que incluso el salario de villa, ganará quatro mil Reales al año; Francisco Trejo, Boticario, que ganará dos mil y quinientos; Juan Antonio del Aguila, Barbero, con Joseph Biril su oficial, que le producira su oficio mil reales y al oficial quatrocientos; Manuel de la Pasion de el mismo oficio, con Joseph Pasion su nieto, le producira quinientos reales; Joseph Madera del propio oficio, con Pedro Romero su oficial, mil reales al maestro, y quatrocientos al oficial; Chriptoval de Aguilar, del propio oficio, que por no tener que hacer en él, trabaj de jornalero; y lo mismo Sebastian Sanchez del Pilar; Manuel Sanchez Alvarado, estanquero, que tiene de salario mil y quinientos reales al año. Y Assimismo es Administrador de dos obras pias, y de lo que perzive de ellas, se utiliza de la decima, segun es practica; don Pedro Martin Pro(...), Notario, que por trabajar mui poco, no se le considera utilidad, y Francisco Gomez que exerze el mismo empleo, le producira Treinta ducados al año; y por sachristan que tambien lo es mil reales; Alexandro Frutuoso, organista, que le valdra su exerzizio setecientos y diez; don Blas Hernandez Romo Pro(...) Cogedor de Diezmos, cuio cargo le producira mil y quinientos Reales; Francisco de Aguilar. Ministro ordinario, le vale su oficio incluso el salario que le da la Villa quinientos Reales al año; lo mismo a Francisco Gomez, que tambien lo es; Francisco Joseph, oficial de la cuchilla, le vale su oficio, mil trescientos y cinquenta reales al año; Joseph Fernandez, peon publico, cuyo exercicio incluso el salario que le da la Villa quinientos Reales; Damian Francisco Guarda de la Villa y su Campo, a quien al presente no le da salario alguno, y sus obenciones se regulan en quinientos Reales al año; Don Pedro florencio Pro(...) Preceptor de Grammatica, que de presente no goza salario, y enseña de limosna; Francisco Bustamante, Maestro de primeras letras, que le produce este exerzicio, quinientos y quarenta Reales; Domingo Tiensa, del mismo empleo, que le produce quatrocientos y cinquenta; un lenzero que se mantiene de continuo, vendiendo en este Pueblo, aunque no es vecino de él, que le produze de utilidad su comercio en lienzos de la Coruña, mil y quatrozientos reales al año; Un arriero, que tiene dos Cavallerias, le produce su Comercio seiscientos reales y cada Cavalleria de dos arriba, le deja de utilidad ciento y cinquenta; Antonio Lorenzo, Maestro de Postas, que le produce este encargo, mil y doscientos Reales al año.
  • A la Trigessima terzera digeron que un maestro de albañil en esta Villa gana al dia cinco reales regulados ciento ochenta de trabajo en el año, y por el corto numero de Maestros, no ai oficiales. Cada maestro de Herrador, gana lo mismo diariamente con la propia regulacion; y sus oficiales, tres Reales cada uno.El Herrero, o zerragero, quatro Reales y medio al dia. Un Maestro de Zapatero, siete reales, y el oficial, tres y medio. El maestro de sastre, seis Reales y el oficial, tres. Y Juan Piñero, que es uno de los Maestros, por el maior comercio que tiene en su oficio, se le regulan doscientos reales de utilidad mas. El maestro de Carpintero, seis Reales y el oficial, tres. Todos por la regulacion de ciento y ochenta dias de trabajo al año. Rodrigo de Salas, tabernero que le produze este oficio, quinientos y conquenta reales al año. Manuel Suarez fabricante de chocolate, y confitero, que todo le vale seiscientos Reales al año.
  • A la Trigessima quartta, digeron que en esta Villa ai un obligado de carnes, que tiene de utilidad mil y cien Reales al ño. Otro de vino, y vinagre, que produze dos mil Reales. Otro de Aguardiente, que tiene de utilidad novecientos Reales. Otro de Azeite, que le vale ochocientos reales. Otro de Jabon que le produze novecientos treinta y seis. Otro de la Alcabala del Viento, que le vale quinientos reales. Y un arrendador de Minunzias, que le vale seiscientos reales al año.
  • A la trigessimo quinta digeron que en este Pueblo, abia ciento y ochenta Jornaleros, y su jornal diario regulado un tiempo con otro, y cien dias de trabajo en el año, es el de tres reales y quartillo: en cuia clase se comprehenden todos los mozos empleados en la labor, aunque esten ajustados por año, a excepcion de los Gañanes que por tener maior trabajo, se les da tres fanegas de trigo de senara, que consideradas de segunda calidad, importa su producto, doscientos y setenta reales que le deben servir de aumento. Un Aperador que maneja la labor, gana al año quatrocientos Reales de soldada, quatro fanegas de trigo de senara costeadas por el amo, que reguladas de segunda calidad, y la simiente, importan veinte y siete fanegas, que valen quatrocientos y veinte reales, y de su manutencion por todo el año al respecto de dos reales diarios, setecientos y treinta reales que todo asciende a mil quinientos y cinquenta reales annuales. Un Azedor, tiene de utilidad al año, mil quinientos ochenta y nuebe Reales en esta forma: Quatrocientos y quarenta, de salario; trescientos y quinze, de tres fanegas de senara inclusa la simiente; quarenta y quatro por un zerdo carnoso, que se le escusa en el monte; sesenta por el producto de una puerca de Cria, que tambien se le escusa; y setecientos y treinta por la manutencion al respecto de dos Reales diarios. Un Mayoral de Yeguas tiene de utilidad al año quinientos treinta y seis reales. Los trescientos treinta y seis de salario, al respecto de veinte y ocho al mes, y los doscientos por el importe de Pan y Azeyte que se les subministra en el año. Un Mayoral de Bacas, tiene de utilidad setecientos treinta y dos reales al año: los quatrocientos de salario: ciento treinta y dos, por doce cabezas que se le escusan de Yerba, a onze reales cada una, y los doscientos por el Pan y Azeyte que se le da para su manutencion. Un Mayoral de Ovejas, tiene de utilidad al año ochocientos cinquenta y un reales: los trescientos treinta y seis de salario, trescientos y quinze de tres fanegas de trigo de senara, regulada de segunda calidad, y los doscientos de Pan y Azeyte para su manutencion. Un Baquero y un Manadero de ovejas ganan al año quinientos reales: Trescientos de salario y doscientos de Pan y Azeyte para su manutencion. Un zagal de ovejas gana annualmente quatrocientos reales y lo mismo el de cabras; los doscientos de salario y los doscientos de Pan y azeite. Un Mayoral de cabras gana lo mismo que el de yeguas con la propia regulacion. Un Mayoral de zerdos, gana al año, setecientos y diez y seis reales: los trescientos y ocho de salario: doscientos de Pan y azeite; ochenta y ocho, por el valo de la bellota de dos cerdos que se le escusan en el monte, y ciento y veinte por el producto de dos cerdas de cria, que assimismo se le escusan. Un Manadero de Zerdos gana al año quinientos sesenta y ocho reales: doscientos sesenta y cuatro, de soldada; doscientos de Pan y azeite, cuarenta y quatro de un zerdo que se le escusa en el Monte, y sesenta de una puerca de Cria que assimismo se le escusa. Un zagal de zerdos gana al año trescientos y ochenta reales: los ciento y ochenta de salario, y los doscientos de Pan y Azeite. Un Guarda de Dehesa tiene de utilidad al año ochocientos reales de vellon.
  • A la Trigessima sexta, digeron que abra veinte pobres de solemnidad.
  • A la Trigessima septima digeron que en este termino, como lleban declarado, ai una Barca en el Rio de Guadiana, que la tiene arrendada Juan Cordovilla, y le producira setecientos Reales con el jornal que gana en el tiempo que no tiene uso.
  • A la trigessima octava digeron que en este Pueblo ai doze eclesiasticos Presbiteros; dos ordenados in sacris, y seis de Menores.
  • A la Trigessima novena digeron que en este Pueblo ai un Combento de Religiosas Carmelitas descalzas, con diez y nuebe de numero.
  • A la quadragessima pregunta digeron que en esta villa, a mas de las Rentas Provinciales, y Generales, ai la de Sal, y quarto en libra de Jabon, y las que llaman Siete Rentillas, que todas se hallan de quenta de Recaudadores, y las dos primeras, se administran por las mismas reglas que la de Millones, y no pueden dar razon de sus productos.


Que es lo que pueden dezir, y la verdad, so cargo de sus Juramentos fechos en que se afirmaron, y ratificaron, y lo firmaron con su señoria de que doi fee

Don Juan Phelipe de Castaños
Joseph del Campo Cansado
Pedro Gragera
Juan Doblado Pabon
Joseph Sanchez Doblado, escribano publico
Don Nuno de Mendoza
Don Juan Mathías Gragera
Diego Barrena
Christoval Sanchez Pabon
Pedro Gutierrez Campo
Antemi Francisco Gonzalez Bejarano

domingo, febrero 17, 2008

Respuestas Generales de Talavera la Real al Interrogatorio (II)

  • A la Undecima, digeron que en este termino, se cogen los frutos de Trigo, Zebada, Zenteno, Garbanzos, Habas, Azeyte, Vino y Yerba.
  • A la Duodecima, digeron que cada fanega de tierra de primera calidad, con una ordinaria cultura, regulando un año con otro, produce ocho fanegas de trigo; seis la de segunda, y quatro la de terzera; y lo mismo respectivamente sembrada de otra qualquiera semilla.
  • A la Decima tercia, digeron que cada fanega de tierra en sembradura, hace treinta y seis pies de olivo, y cada fanega puesta de olivar, y de primera calidad, produce nuebe arrobas de Azeite cada año; la de segunda, seis, y la de tercera, quatro; y puesta de Viña, hara cada fanega mil y doscientas zepas, y cada fanega de primera calidad, producirá treinta arrobas de Vino cada año; veinte, la de segunda, y quinze la de terzera; Y una fanega de Huerta de Riego, puesta de hortaliza, y arboles frutales, producira en todo quatrocientos Reales la de primera calidad; trescientos la de segunda y doscientos la de tercera.
  • A la Decima quarta digeron que el precio regular de cada fanega de trigo regulado un año con otro, es el de quinze reales, siete y medio la de zebada, doce la de Zenteno y Habas, Veinte la de Garbanzos; ocho, la arroba de vino, y quinze la de Azeite.
  • A la Decima quinta, digeron que de las tierras de este termino, se paga el diezmo, en que es interesado el Obispo y Cavildo dela Santa Iglesia Cathedral de Badajoz; fabrica de la Parrochial de esta Villa el beneficio curado de ella, y Su Majestad en cuia partes percibe dos, el Mayorazgo de la Capilla que posee la Marquesa de este titulo, vecina de Logroño con la adbertencia que todo el que se adeuda en tierras propias del Cavildo, lo percibe este por entero, y el que produce las tierras del Combento de Santa Ana de la Ciudad de Badajoz, que tiene en esta Jurisdicion, le goza y percibe todo para si, sin particionero alguno; Assimismo se paga la Primicia, que es una fanega de cada especie llegando a doze las que se recogen de otro, Cavildo, y no se paga otro oro alguno de ellas.
  • A la Decima Sexta digeron, que ignoran la cantidad a que ascienden los derechos declarados en la antecedente pregunta, ni pueden dar razon de su importe, a causa de percivir en especie los interesados la gruesa de ellos.
  • A la Decima Septima, digeron que en la Rivera de esta Villa ai quatro molinos arineros, uno, propio de Doña Juana de Tobar, viuda, vecina de la Ciudad de Badajoz, en el sitio que llaman de la Vega de arriba; otro propio de Juan Perez Gragera, en el sitio de la ysla de las patas; otro llamado de las Casas propio del Conde de la Oliva de Gaitan, vecino de Talavera de la Reyna, y el otro al sitio de los leones, que pertenece a Marcos Fernandez Flores; de los cuales, los tres primeros producen cada año, regulado uno con otro, noventa fanegas de trigo, teniendo consideracion a la poca subsistencia de las aguas, y corta parte del año que estan corrientes; y el ultimo setenta fanegas, por faltarles aquellas antes que a los demas; Assimismo ai diez y siete Atahonas: la una, de Juan Cordovilla, situada en la calle nueva; otra, propia de Diego Pitiego, situada en la calle de la muralla; otra perteneciente a Diego Canete, establecida en la propia calle; otra de Diego Sanchez en la de Zoeta; otra de Santiago Serrano, en la de San Joseph; otra de Juan Doblado Pabon, calle del Aspa; otra de Antonio de Flores, establecida en la calleja (¿?); otra de Francisco Perez, situada en la misma calle; otra de Bartholome de Mena, en la misma calle; otra de Matheo Sanchez, en la plazuela de las Beatas; otra de Joseph Marques, en la de (¿?); otra de Agustina Rosa, en otra calle; otra de Francisco Marin, en la referida calle; otra de Francisco Pitiego en la mencionada calle; otra de Doña Francisca de Pineda, en la calle de la Huerta; otra de Juan Doblado, calle del arenal; y otra de Francisco Muñoz, establecida en la plaza; las cuales, por su mucho numero, y corto vecindario, ganaran cada una al año quinze fanegas de trigo; Y assimismo ai en esta Villa tres molinos de azeite de una viga el uno, en el sitio del sotarraño, propio de Bartholome de Mena; otro en la Plazuela de San Joseph de don Bernave Liaño, vecino de Burguillos, y el otro junto al Puente, que perteneze a Juan Doblado Pabon, y cada uno ganara treinta Treinta arrobas de Azeite al año.
  • A la Decima octava, digeron que el esquilmo annual de las ovexas merinas, considerado la lana, borrego, y queso, lo regulan en esta forma; a cada seis cabezas de ovejas, o carneros, una arroba de lana, y su precio regulado por un quinquenio, quarenta y tres Reales de Vellón y a cada seis ovejas, se le consideran dos borregos al precio de diez reales cada uno, y tres por el queso, que corresponde a cada una onze reales tres mas y un tercio de otro cada año; a diez ovejas bastas, se le regula una arroba de lana a precio de veinte y dos reales, dos borregos que valen ocho reales cada uno, y tres reales y veinte mas, de queso; el Borrego fino, aumenta en su valor al año, hasta quinze reales, a los dos, hasta diez y ocho, y a los tres, hasta veinte y dos, y de lana produce en cada año de los tres, siete reales y cinco mas; el Borrego basto, aumenta en su valor al año hasta doze reales, a los dos, hasta quinze, y a los tres, hasta diez y ocho, y de lana produce cada año dos reales. A cada Baca de quatro años, regulan de utilidad annual, treinta y tres Reales de Vellon por la cria, considerada esta al año, por nobenta reales la que aumenta en su valor a los dos años, hasta ciento y cinquenta reales a los tres, hasta doscientos, y a los quatro hasta trescientos; A cada Cabra regulan de tres años arriba quatro reales de esquilmo, uno de leche, y tres de cria, considerada esta al destete por seis reales y al año aumenta en su valor, hasta diez reales, a los dos, hasta quinze, y a los tres, hasta diez y ocho; A cada puerca de cria se le regulan tres lechones vendidos a quinze reales cada uno a los quatro o seis meses, los que al año aumentan hasta veinte y cinco, a los dos, hasta quarenta, y si se engorda, hasta noventa y seis, y de tres, aumenta en su valor hasta sesenta, y carnoso hasta ciento y veinte; A cada Yegua de bientre, regulan de utilidad por razon de cria, lo propio que a las Bacas, con el aumento a estas de treinta reales por razon de trilla a cada una, y las crias tienen iguales valores en los quatro años, que las del ganado vacuno; Una Jumenta produce a su dueño en el trabajo que le hace veinte reales al año, y viente y cinco por razon de cria, considerada esta al año por setenta y cinco; a los dos años aumenta hasta ciento y diez, y a los tres, hasta ciento y cinquenta; Una Caballeria mayor dexa de utilidad a su dueño, ciento y cinquenta reales sea mular, o caballar, y un Jumento, cien reales, y una Yunta de Bueyes, se arrienda por sementera en quatro ducados, y en lo mismo por barbechera, y no saben que al presente aya en esta Villa arrendados algunos.
  • A la decima novena, digeron que cada colmena produze al año, en miel, zera y enjambre, cinco reales.
  • A la vigessima, digeron que en este termino, y el de la Ciudad de Badajoz, con quien esta Villa tiene comunidad de Pastos, ai ganado lanar, bacuno, de zerda, y cabrio, y algunas Yeguadas en las Dehesas que comprehenden el territorio de la Comunidad, y fuera de el, no ai cabaña, ni Yeguada alguna que pertenezcan a vecinos de esta Villa.
  • A la vigessima primera digeron que este Pueblo tendra quatrocentos quarenta y un vecinos de todas clases, y fuera de él, no ai cassa de Campo, ni alqueria que los tenga.
  • A la Vigessima segunda, digeron que en este Pueblo, abra Trescientos noventa y dos casas, y arruinadas e inavitables diez y ocho.
  • A la Vigessima tercia digeron que esta Villa tiene y goza por propios la Dehesa Boyal vieja; la Dehesa del Carrascal, y la del Prado Caldera, todas tres de Pasto; Quatrocientos ducados que le paga la Ciudad de Badaxoz, como comunera por la vellota, y rescalbados de que usa; y lo que produze la Barca que tiene en el Rio de Guadiana que todo su producto ascenderá annualmente a diez y siete mil y quinientos reales de Vellon segun resultara de las quentas, a que se remiten.
  • A la Vigessima quarta digeron que esta Villa no usa de arvitrio, sisa, ni otra alguna conzesion.
  • A la Vigessima quinta digeron que el Caudal de Propios de esta Villa se distribuye en esta forma: en el Escribano de Ayuntamiento mil y cien reales que annualmente le da de Salario; En Medico, dos mil reales; En dos ministros ordinarios quinientos y cinquenta; En el Predicador de Quaresma, trescientos; En la fiesta que hace la Villa a San Juan Baptista, ciento y cinquenta; en el que cuida el Relox, ciento y treinta; En el Pregonero, ciento y cinquenta; En el servicio Real ordinario, a que esta consignado, lo que paga la Ciudad de Badaxoz, tres mil quatrocientos y siete; Y en los demas gastos precisos que resultaran de las quentas a que se refieren.
  • A la Vigessima Sexta digeron que esta Villa paga annualmente el Censo Redimible de Ziento noventa tres mil reales de suerte principal que estan impuestos sobre ellos al respecto de tres por ciento a don Juan Mathias Gragera, vecino de esta Villa, y doña Ana Francisca de la Barrera, que lo es de la de Villafranca de por mitad; cuia imposizion tienen entendido tubo principio para eximisse esta Villa y comprar la jurisdizion a Su Majestad.
  • A la Vigessima Septima, digeron estan entendidos en que este Comun, se halla cargado de servicio ordinario, y extraordinario, a causa de que al tiempo de su establecimiento tenia esta poblacion, novecientos o mil vecinos, y al presente, se hallan reducidos al numero que lleban declarado, aunque con el motivo de satisfacer este año la Villa no ha avido queja, ni recurso para su minurazion.
  • A la Vigessima octava, digeron que en esta Villa ai diez y siete oficios de regidores enagenados de la Real Corona, los doce que actualmente se hallan en exerzicio, y pertenecen, uno, a Martin Hernandez Pinilla; Otro a Thoribio Perez; Otro a don Mathias Gragera;Otro a Pedro Gragera; Otro a don Diego Gragera Moreno; Otro, a Christoval Sanchez Pabon; Otro, a Bartholome Hernandez Cansado; Otro, a Matheo Sanchez Doblado; Otro, a Bartholome de Mena Pinilla; Otro, a Marcos Fernandez Flores; Otro a Juan Dominguez Cansado; y otro a don Diego de la Berrera; y vacantes, cinco; uno de Alferez mayor, que perteneze a Juan de la Vara, vecino de Azauchal; Otro de don Juan Francisco Gragera: Otro, de los herederos de don Juan Mathias Gragera; Otro de Martin Roa; y otro de Miguel del Campo Ardila. Assimismo tiene esta Villa suprimidos en si los dos officios de Procurador Sindico, y Alguacil mayor por lo que paga a Su Majestad annualmente Trescientos treinta y tres Reales onze mas, y un tercio: En la misma forma estan enagenados de la Real Corona, las dos Escrivanias de Ayuntamiento y dos Numerarias que son propias, una de las del numero y otra de las de Ayuntamiento de Joseph Sanchez Doblado, que actualmente las sirve; y las otras dos que se hallan sin uso, pertenezen a don Balthasar de Sotomaior, vecino de la Ciudad de Xerez de los Cavalleros, y todos estos officios tienen entendido se enagenaron de la Real Corona por servicio pecuniario que se hizo a Su Majestad no pueden espresar en quanto, y a Escepcion de las Escribanias, cuios productos, y utilidades, manifestaran despues,; los demas empleos no producen cosa alguna.
  • A la Vigessima novena, digeron que en el termino esta Villa ai tres Puentes, dos, camino de Badaxoz, y otra, en el de la Roca, de las quales, no se cobra derecho alguno al pasagero, ni al Vecindario, y en la poblacion, ai una carnezeria, una taberna de Vino, Vinagre y Aguardiente; y otra de Azeite, de cuios abastos, y el de Jabon, cuida la Villa, y su producto, se aplica a la Satisfaccion de Millones, como ramos de la renta; el qual sube y baja, segun las posturas y Remates de los abastezedores, y obligados, sin que en esto tenga intereses la Villa: Assimismo ai una Barca en el Rio de Guadiana propia de la Villa que produce lo que lleban ya declarado; Assimismo tres mesones, uno propio de los herederos de don Juan Mathias Gragera, y Cabero, que producira cada año mil Reales de Vellón; otro de Miguel Banda, que producira ochocientos; y el otro de Francisco de Aguilar, y consortes, que producira los mismos ochocientos Reales. Y Assimismo ai en esta poblacion diferentes vecinos que tratan, y comercian en masar y vender pan por cuio trafico a los de maior ingreso se les considera a el año de utilidad, cien ducados, y a los de menos comercio, seiscientos Reales de Vellon.
  • A la trigessima digeron, que en esta Villa ai un Hospital para hospedar pobres viandantes, que sus Rentas importan Ciento y setenta reales annuales.

viernes, febrero 15, 2008

Respuestas Generales de Talavera la Real al Interrogatorio (I)

En la villa de Talabera la Real, a diez y nuebe de Abril de mil setecientos cinquenta y uno: estando en la casa possada del lugar don Juan Phelipe de Castaños Comisario ordenador de los Reales Exerzitos, y destinado por Su Majestad para el establecimiento de la Unica Contribucion en esta Provincia de Extremadura; haviendo precedido recado político, y citacion, concurrieron a ella don Pedro Gonzalez Burguillos, Cura propio, y Beneficiado de la Iglesia Parrochial de esta Villa, Don Nuno de Mendoza y Figueroa, Alcalde Ordinario por el estado noble; Joseph del Campo Cansado, que lo es por el general; don Juan Mathías Gragera; Pedro Gragera; Christoval Sanchez Pabon; y don Diego de la Barrena, Regidores Perpetuos; Joseph Sanchez Doblado, su escrivano, Ayuntamiento, Juan Doblado Pabon, y Pedro Gutierrez Campo, a quienes la justicia y Regidores, han elegido, y nombrado como personas de la mejor opinion, e inteligencia, en el numero y calidad de tierras del termino, sus frutos y cultura, vecinos del Pueblo, sus artes, oficios, comercio, grangerias y utilidades; de los quales, a excepcion de el Cura, su señoria por antemi el escrivano recivio juramento a Dios, y una Cruz segun derecho, y los referidos, lo hicieron como se requiere, prometieron decir verdad, y siendo preguntados por el thenor del interrogatorio impreso que antecede, respondieron lo siguiente...
  1. A la primera pregunta digeron que esta poblacion se llama la Villa de Talavera la Real.
  2. A la segunda, digeron que esta Villa es de Realengo.
  3. A la tercera, digeron que el termino de esta población, tendrá de Levante a Poniente, media legua castellana, y del Norte al Sur, tres cuartos, y de circunferencia, lo que corresponde a la figura que forma, que es la del margen y linda por Levante con Dehesa y Villa de Aldea del Conde, propia del Duque Conde de Benavente; por Norte, Sur y Poniente con termino de la Ciudad de Badajoz.
  4. A la quarta digeron que todo el terreno de este termino, es de secano, a excepcion de Catorze Huertas de hortaliza, y arboles frutales, que se riegan por Noria, o pozo; algunas viñas, y olivares tambien de secano; tierras de labor, y dehesas, y a la tierra que se labra, se necesita dar un año de descanso.
  5. A la quinta digeron que todas las tierras de labor de este termino, olivares, huertas, y viñas, son unas de Primera calidad, otras de segunda, y otras de tercera en un especie respectiva.
  6. A la sexta digeron que el plantio de olivos, viñas y arboles frutales, estan puestos unos con orden, y toda la tierra poblada, y otros sin ella y el numero de plantas que puede hacer.
  7. A la septima digeron, que los arboles explicados en las preguntas antecedentes, se hallan plantados en tierras de primera, segunda y tercera calidad, y las que no tienen los arboles correspondientes a su cavida, se benefician con la labor, y las que estan pobladas enteramente, no pueden sembrarse, ni dar mas fruto que el del Arbol.
  8. A la octava, digeron, se remiten a lo que lleban manifestado en la sexta pregunta.
  9. A la novena, digeron que en este Pueblo se regula la fanega de tierra por la cavida que haze de puño en sembradura, y cada fanega de esta clase, tiene Cincomil ochocientas treinta y quatro baras cuadradas Castellanas, Y en lo que ocupa una fanega de trigo, se siembra una, y media de Zebada; tres cuartillas de Zenteno, una cuartilla de Garbanzos, y fanega y media de Habas, y que son las especies que se siembran en este termino.
  10. A la Decima digeron que en este termino segun su inteligencia, y juicio prudente les parece abia quatromil y doscientas fanegas de tierra en sembradura, las dosmil y doscientas, en Dehesas, exido y Prado de caballos, y las dosmil, en esta forma; ciento y cinquenta, de viñas, olivares y huertas, y las restantes de labor; la tercera parte o más, y otras, de primera calidad: otra de segunda, y la otra de terzera.
(Para aclarar ciertos aspectos acerca de las medidas, lineales, superficiales o de capacidad, que aparecen en el artículo podéis visitar la siguiente página:
CORRESPONDENCIA OFICIAL ENTRE LAS ANTIGUAS MEDIDAS DE TODAS LAS PROVINCIAS ESPAÑOLAS CON LAS MÉTRICAS LEGALES, DE CONFORMIDAD CON LA REAL ORDEN DEL 9 DE DIClEMBRE DE 1852, PUBLICADA EN LA «GACETA» DE MADRID EL 28 DE DICHO MES Y AÑO)

miércoles, febrero 13, 2008

Talavera la Real en el Catastro de Ensenada (1751)

Empezamos una serie de artículos en los que transcribiremos el documento de las Respuestas Generales del Catastro de Ensenada (1751) relativo a Talavera la Real para, en última instancia, elaborar un pequeño estudio sobre la situación que describe.

Empecemos por el interrogatorio propiamente dicho:
Interrogatorio que han de satisfacer, bajo juramento, las justicias, y demás personas, que harán comparecer los intendentes en cada pueblo
  1. Cómo se llama la población
  2. Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.
  3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola al margen.
  4. Qué especies de tierra se hallan en el término; si de regadío y de secano, distinguiendo si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes, y demás que pudiere haber, explicando si hay algunas que produzcan mas de una cosecha al año, las que fructificaren sola una y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.
  5. De cuántas calidades de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior.
  6. Si hay alguno plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.
  7. En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declararen.
  8. En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren
  9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una.
  10. Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado.

  11. Qué especies de frutos se cogen en el término
  12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.
  13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los arboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.
  14. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.
  15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; y a quien pertenecen.
  16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie o a que precio suelen arrendarse un año con otro.
  17. Si hay algunas minas, salina, molinos harineros u de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metales y de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.
  18. Si hay algún esquilmo en el término, a quien pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año.
  19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quien pertenecen.
  20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo; y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, donde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño.
  21. De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en la casas de campo o alquerías.
  22. Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas; y si es de señorío, explicar si tienen cada una alguna carga que pague al dueño por el establecimiento del suelo, y cuánto.
  23. Qué propios tiene el común y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.
  24. Si el común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a que fin se concedió, sobre qué especies para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.
  25. Que gastos debe satisfacer el común, como salario de Justicia y regidores, fiestas de Corpus u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá pedir individual razón.
  26. Que cargos de Justicia tiene el común, como censos, que responda u otros, su importe, por qué motivo y a quien, de que se deberá pedir puntual noticia.
  27. Si está cargado de servicio ordinario y extraordinario u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.
  28. Si hay algún empleo, alcabala u otras rentas enajenadas, a quién, si fue por servicio pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia.
  29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc. hay en la población.
  30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen.
  31. Si hay algún cambista, mercader de por mayor o quien beneficie su caudal por mano de corredor u otra persona, con lucro e interés; y qué utilidad se considera el puede resultar a cada uno al año.
  32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especería u otras mercadurías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc. y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.
  33. Qué ocupaciones de artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros y guanteros, etc.; explicando en cada oficio de los que hubiere, el número que haya de maestros oficiales y aprendices, y qué utilidad le puede resultar, trabajando meramente de su oficio, al día cada uno.
  34. Si hay entre los artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que hubiese.
  35. Qué número de jornaleros habrá en el pueblo y a cómo se paga el jornal diario a cada uno.
  36. Cuantos pobres de solemnidad habrá en la población.
  37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones, que naveguen en la mar o ríos, su porta, o para pescar; cuántas, a quien pertenecen y que utilidad se considera da cada una a su dueño al año.
  38. Cuántos clérigos hay en el pueblo.
  39. Si hay algunos conventos, de qué religiones y sexo, y qué número de cada uno.
  40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las generales ni a las provinciales, que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen.
En el próximo artículo transcribiremos las respuestas dadas en Talavera a las primeras diez preguntas.

Fuente: PARES